11. MECANISMOS ESPECIALES DE PARTICIPACION Y REPRESENTACION
11.1. Cuota femenina.
Partidos políticos deben fomentar participación femenina en sus estructuras.
Cuando por motivos o razones culturales se dificulte la participación de las mujeres en la vida política, partiendo de la naturaleza jurídica de los partidos políticos es obligación legal de éstos, fomentar en sus estructuras internas un sistema democrático y participativo, que facilite la incorporación de la mujer en la toma de decisiones. El sistema de cuotas, como una acción afirmativa que es, impone desigualdades formales, tendientes a lograr una igualdad real, procura evitar aquellas acciones u omisiones que, en forma directa o velada, provoquen tratos desiguales o discriminatorios contra un sector importante de la población y, por el contrario, garantizar su plena incorporación.
2837-E-1999 de las 9:00 horas del 22 de diciembre de 1999. Vistas las solicitudes de adición y aclaración que de la resolución Nº 1863-E-1999 de las 9:40 horas del 23 de setiembre del año en curso formulan los señores Otto Guevara y Walter Coto en representación de los partidos políticos Movimiento Libertario y Social Costarricense.